EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  7.221/17

 

ARTICULO 1º:Autorízase  a   la   Secretaría de Salud, el   uso  del  Espacio Público en Plazas,   Barrios y Centros de Salud de la ciudad de Chacabuco, los meses de junio, julio y agosto de 2.017, según anexo que indica calendario y lugares. Motivo: Campaña de Vacunación Antigripal 2017.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese, por parte de los solicitantes al Departamento Ejecutivo  Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-

 

ARTICULO  3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINIÚN DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-  

 

EXPTE. Nº 15.764/17.-