EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  7.417/17.

 

ARTICULO 1º: Autorizase al propietario del inmueble, ubicado en calle Primera Junta Nº 69, al uso del Espacio Público para el pintado de cordón amarillo y la colocación de Discos destinados a la Prohibición de Estacionamiento en el frente de dicha propiedad, concediendo un espacio de Tres (3) metros sobre el frente del inmueble.

ARTÍCULO 2º:Dicho espacio público quedará autorizado previo pago del CARGO CORRESPONDIENTE.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el  cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.-

ARTICULO 4º: Dirigirse, al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SEIS DÍAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

 

Expediente Nº 15.858/17.-