EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  8.394/20

 

ARTÍCULO 1º: Autorizase al Sr. Enrique Roberto Stupp DNI: 8.007.942, el Uso del Espacio Público en acceso Elguea Román Nº 375, de la ciudad de Chacabuco (B), para reserva y colocación de discos de prohibición de estacionamiento y pintado de cordón amarillo, frente a su domicilio, (tres (3) metros), fundado en su discapacidad motriz.

ARTICULO 2º: Remítase copia de la presente Ordenanza a la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

 

Expediente Nº 17.722/20.-