EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  8.510/20

ARTICULO 1º: Convalidase el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco (B), representada por el Sr. Intendente, Dr. Víctor Reinaldo Aiola y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, representada por el Sr. Ministro, Lic. Agustín Simone, por el financiamiento del proyecto de obra consistente en la construcción de pavimento de hormigón en avenida de la ciudad de Chacabuco, que incluye además la demolición del pavimento asfaltico existente y la realización 1 centro de calle y 1 centro de bocacalle. El monto de la obra asciende a la suma de Pesos Cinco Millones Ochocientos Veintidós Mil ($ 5.822.000,00).

ARTICULO 2º: Autorizase la afectación de fondos en futuros ejercicios.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. –

 

Expediente Nº 18.120/20