EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  8.515/20

ARTÍCULO 1º: Autorizase al Ministerio Presencia Chacabuco, con domicilio en calle Junín N° 21, de la ciudad de Chacabuco y en representación de la misma al Sr. Maximiliano Márquez, DNI: 31.062.297, en calidad de Pastor de la entidad, el Uso del Espacio Público en el horario de 16:00 hs. a 22:00 hs., en la extensión total de su frente, para demarcación y reserva de estacionamiento exclusivo para motos. Autorizase, con descripción clara y precisa de horario y días autorizados.

ARTÍCULO 2º: Remítase copia de la presente Ordenanza a la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 4º:Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTITRÉS DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTE. –

 

Expediente Nº 17.983/20