EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 O R D E N A N ZA  Nº  9.181/22

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal el uso de espacio público para la instalación de 2 (dos) reductores de velocidad en calle Tulio Spinetti, el primero de ellos, cercano a su intersección con Calle Nº 842 en sentido descendente y el segundo, cercano a su intersección con Calle Nº 838 en sentido descendente; y su correspondiente señalización de acuerdo a lo determinado por la Dirección de Tránsito Municipal.

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.

ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar  el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 949, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTIDOS.-

 

Expediente Nº 19.148/22