EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 974/91.-

 

 

ARTICULO 1°: La presente Ordenanza tiene por objeto
ampliar las zonas de aplicación de la Ordenanza 439/78 para el ordenamiento
bajo el cual se regirá el tránsito y estacionamiento
obligatorio.—————————————-

 

ARTICULO 2°: Se establece para el tránsito de
vehículos con una dirección obligatoria en todas las calles que se encuentran
en el área delimitada por las calles: Gutiérrez, Viamonte, Junín, Vías del
FFCC. Gral. San Martín, Matheu, Andes. Incorporándole la misma reglamentación
al área comprendida entre las calles Liniers, Sosa, Av. Garay y Viamonte.

Las calles perpendiculares a las Avenidas Garay, Vieytes,
Lamadrid, Solís, Urquiza, M.M.Gil, Arenales, y Colón, tendrán el mismo
sentido de circulación que sus prolongaciones de las zonas céntricas las que
indica el Art. 3° de la Ordenanza N° 439/78.

Las calles restantes tendrán el sentido de circulación que
se detalle a continuación:

 

SO – NE

BALCARCE – LAPRIDA

LA PLATA – PINTOS

CALLAO – MATHEU

 

NE – SO

DEAN FUNES – ANDES

VILLEGAS – LINIERS

JUNIN – CONESA

 

SE – NO

CERRITO – S.I. LABRADOR desde AV. GARIVALDI

ESPORA – CARLOS PELLEGRINI, hasta AV. GARIBALDI

14 DE JULIO – FALUCHO – ALEM, hasta AV. GARIBALDI

CNEL. SUAREZ – USPALLATA

VIAMIONTE – GUTIERREZ

ROCHA

 

NO – SE

CERRITO – SAN I. LABRADOR, desde AV. GARIBALDI

QUINTANA, hasta AV. GARIBALDI

SGTO. CABRAL – A. DE VERA, desde AV. GARIBALDI

L.N. ALEM, hasta AV. GARIBALDI

DORREGO – BRANDSEN

VELEZ SARSFIERLD – AZCUENAGA

DUBERTHY

J.M.ROSAS

 

ARTICULO 3°: Se establece la circulación de ambas
manos en las prolongaciones de las Avenidas: Alsina, Garay, M.M. Gil, Garibaldi,
H. Yrigoyen y en las calles no comprendidas en el Art. 3° de la Ordenanza
439/78 y 2° de la presente
Ordenanza.————————————————–

 

ARTICULO 4°: Se establece el estacionamiento
obligatorio en las calles de mano única y ancho de calzada de 8 metros entre
cordones, en la acera derecha, tomando como referencia el sentido de
circulación.———————

 

ARTICULO 5°: El estacionamiento será el indicado en
el articulo 5° y 7° de la Ordenanza 439/78 y el que surja de la Ordenanza
928/90.———————

 

ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-