EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 7896/19.

 

ARTÍCULO 1º: Autorizase a la Sra. Laura Mansilla DNI: 32.456.376, (Multisectorial de Mujeres Chacabuco), el Uso del Espacio Público, y Corte de calle Reconquista entre las calles San Martín y Pueyrredón, de la ciudad de Chacabuco, el día 08 de marzo de 2.019, en el horario de 20:00 hs. 23:00 hs. hasta las. Motivo: Acto por el “8M”.-

 

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo del evento.

 

ARTICULO 3º: Las erogaciones resultantes para la organización del evento serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.-

 

ARTICULO 4º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.-

 

ARTÍCULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios públicos.-

 

ARTICULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

Expediente Nº 17.046/19