EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  8.314/20

ARTICULO 1º: Condónese la deuda por “Tasa de Infraestructura Urbana y Social” (T.I.U.S.) correspondiente al período que va desde el mes de noviembre  de 2018 al mes de diciembre de 2019 inclusive, que grava el inmueble, propiedad de “Asociación Miguel Máximo Gil”, Personería Jurídica N° 1392 (Socio 16.406), con domicilio en calle Santa Fe Nº 130, de la ciudad de Chacabuco (B).

ARTICULO 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

Expediente Nº 17.753/20.-