EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.163/92.-

 

 

ARTICULO 1°: Autorizar a APACH, ubicación de Fogón
entre Riñón calles BELGRANO y PADRE DOGLIA y PLAZA SAN MARTIN.————

 

ARTICULO 2°: El D.E. deberá habilitar dicho Fogón
conforme disposición Legales
Vigentes.———————————————————–

 

ARTICULO 3°: Aprobar Plano de la Muestra, presentado
por APACH.—-

 

ARTICULO 4°: Comunicar al D.E. con copia de todo el
Expediente.——-

 

ARTICULO 5: Autorizar Cobro $ 2,00, conforme Pedido
de APACH del
23/10/92.————————————————————————————-

 

ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-