EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

 

ORDDENANZA N° 1.196/93.-

 

 

ARTICULO 1°: Autorízase
al Club Social y Deportivo Huracán, organizador de los Corsos 1993, la
instalación de un Fogón en la intersección de las calles Rivadavia y Av.
Alsina, sobre calle Rivadavia.—–

 

 

ARTICULO 2°: La habilitación quedará supeditada a
la respectiva resolución de Bromatología, funcionando durante el horario del
Corso.——

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y TRES.-