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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la
siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.750/01

ARTICULO 1°: Autorízase a la Sociedad de Bomberos
Voluntarios de Chacabuco por la vía de excepción a los parámetros
urbanísticos determinado para la zona, a la construcción, según plano, para
la ampliación del cuartel de Bomberos Voluntarios de Chacabuco en Lote C I, S/A
– Mz. 8, parcela 14-15 Pdo.
8368.————————————————-

ARTICULO 2°: La ampliación autorizada sobre
artículo 1° de la presente deberá ser fiel al uso específico requerido sobre
planos presentados en expediente H.C.D. N° 6712/01 y expediente D.E. N°
3193/Letra S/Año
2001.———————————————————————————————

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE SETIEMBRE DEL
AÑO DOS MIL UNO.-

EXPTE.NRO. 6.712/01