EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA  Nº  8.748/21

ARTICULO 1ºAutorizase al Departamento Ejecutivo, a formalizar contratos de locación con opción a compra bajo la modalidad de contrato de Leasing con Provincia Leasing S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco de la Provincia en forma de contratación directa de conformidad a lo establecido por el articulo Nº 156, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, para la adquisición de:

  • Unidad marca Mercedez Benz, modelo Atego 1721, cabina simple, 0km, por un monto total de $7.300.000.00 (Pesos siete millones trescientos mil).
  • Motoniveladora SEM 915, nueva sin uso, 150 HP, motor SDEC-Shangai Diesel, con escarificador 3 dientes y contrapeso, garantía de un año o 2.000hs., por un monto total de U$D 139.000.00 (dólares ciento treinta y nueve mil).
  • Cargador Frontal SEM 618D, nuevo sin uso, con capacidad de carga de 1.800kg, un peso operativo de 5.780kg, capacidad de balde de 1m3, motor YTO YT4b4, con aire acondicionado y comando Jostick, por un monto total de U$D 43.095.00 (Dólares cuarenta y cinco mil noventa y cinco).
  • Tractor Marca Punny, nuevo sin uso con todos sus accesorios de normal dotación y puesto en marcha, tipo asistido línea EVO, modelo 250ª, tracción 4 ruedas, cabina, motor marca Cummins, modelo 6BT 5.9, potencia 160 CV, aspir Turbo serie c, neumáticos 2 delanteros de 19.6 x30 6t y 2 traseros de 24,5×32 12t, kit confort, ctrohidr CA; por un monto de $7.839.00.00 (pesos siete millones ochocientos treinta y nueve mil).
  • De acuerdo a nota aclaratoria de las facturas proforma incluidas en el expediente, los precios de los equipos se encuentran sujetos a variación. Se establece un margen de variación del 20% a efectos de cubrir las contingencias de las posibles variaciones del tipo de cambio y de las condiciones del mercado.

ARTÍCULO 2º: Los bienes y objetos de tales contrataciones estarán destinados al equipamiento municipal de maquinarias para ser empleadas en obras y servicios públicos.

ARTÍCULO 3º: Estas contrataciones se formalizaran conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que Provincia Leasing S.A, tiene implementadas para este tipo de operatorias.

ARTÍCULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, Inscríbase y archívese.

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ESPECIAL Nº 927

Expediente Nº 18.566/21.-