EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.583/95.-

 

ARTICULO 1°: Convalídanse los DECRETOS 18/95 Y
233/95, sobre prorrogas de autorizaciones concedidas a canal 3 de 9 de Julio
S.A., por Ordenanza 613/88 para el uso de espacio
aéreo.————————————-

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO
.-