EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA NRO. 2.362/2000.-

ARTICULO 1°: Establécese como fecha del
"Encuentro Anual de la Cultura en Chacabuco", ( según Ordenanza n°
1.0115/91), la semana de la realización del Festival de Tango y Folclore de
nuestra ciudad.———-

 

ARTICULO 2°: Los gastos demande la implementación
de la presente Ordenanza serán imputados a la partida asignada a la Secretaría
de Cultura y Promoción
Comunitaria.—————————————————-

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e

inscríbase.———————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL.-