2888

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.888/02

ARTICULO 1°: Convalídase Convenio marco celebrado
entre la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Chacabuco, sobre la
constitución del Consejo Local Económico –
Social.——————————————————————————————-

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS SIETE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL
DOS.-

EXPTE.NRO. 7.035/02