EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  8.392/20

 

ARTICULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, el Uso del Espacio Público, para la instalación de reductores de velocidad, en calle San Juan entre las calles Dr. Fernández y Mateo Barón, de la ciudad de Chacabuco.

ARTÍCULO 2º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que puedan surgir durante la ejecución de la obra.

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios Públicos.

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTE.-

 

Expediente Nº 17.834/20.-