EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N ZA Nº 8.057/19

 

ARTICULO 1º:Exímase a Club de Madres Chacabuco (Personería Jurídica Dec. 1.110) del pago correspondiente al 50%, de la Tasa establecida según Ordenanza Nº 2.402/00, para el lanzamiento de un BONO CONTRIBUCION, autorizado por Departamento Ejecutivo Municipal en el marco del Expediente Expte. Nº 4029-2354/19, mediante decreto Nº 627.-

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e inscríbase.

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL DIECINUEVE.

 

EXPTE. Nº 17.358/19.