Ord. 687/88, Aut. a Shell Compañía Argentina de Petróleo S.A. concesionaria de la explotación de la Playa de Estacionamiento de Camiones en l Ciudad de Chacabuco, a la percepción de los ingresos originados en la aplicación de las siguientes tarifas:

  EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES, ACUERDE Y SANCIONA: la siguiente ORDENANZA Nº 687/88 ARTÍCULO 1º: Autorizase a Shell Compañía Argentina de Petróleo S.A. concesionaria de la explotación de la Playa de Estacionamiento de...