EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANAZA N° 1.051/92.-

 

 

ARTICULO 1°: Sustitúyase los guarismos dados en
letras y números en la Ordenanza N° 1.046/91 (Cálculo de Recursos y
Presupuestos General de Gastos de 1991) de todas las cifras que no tengan
relación con noventa y ocho mil ciento setenta y tres millones doscientos
veintisiete mil australes (A 98.173.227.000) monto real del tema
citado.——————

 

ARTICULO 2°: Salvado el error el Departamento
Ejecutivo procederá conforme a la Ley promulgando la
norma.——————————————-

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTE DIAS DEL DE FEBRERO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-