EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.134/92.-

 

ARTICULO 1°: Convalídase el Convenio firmado entre
la MUNICIPALIDAD DE CHACABUCO y el MINISTERIO DE LA PRODUCCION DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES, relacionado con el Desarrollo Forestal Urbano en el ámbito de
la Municipalidad, y que fuera firmado a los dieciocho días del mes de Agosto de
mil novecientos noventa y
dos.——————————————————————————-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECISIETE DIAS DEL DE SEPTIEMBRE, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS.-