EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.453/94.-

 

ARTICULO 1°: Incorporase al Articulo 3 de la
Ordenanza N° 823/89 (FONDO MUNICIPAL DEL PLAN VIVIENDA) el siguiente inciso: i)
"La Tasa por el del espacio aéreo para el tendido de cables de circuitos
cerrados de televisión".—–

 

ARTICULO 2°: Derógase el inciso 1 del Articulo 5 de
la Ordenanza N° 853/89.-

 

ARTICULO 3°: A partir de la aprobación de la
presente Ordenanza, modificase la Partida Presupuestaria
correspondiente.————————————————-

 

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECIOCHO DIAS DEL MES DE AGOSTO, DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CUATRO.-