EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.539/95.-

 

 

ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal a celebrar Convenio entre Municipalidad de Chacabuco y el Ministerio
de la Familia y Desarrollo Humano para el otorgamiento de becas para el
funcionamiento de la Casa del Niño Eva Perón.-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CUATRO DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO
.-