EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA N° 1.602/95.-

 

ARTICULO 1°: Autorizase a la Comisión de Ciclismo,
a la utilización del espacio público en las calles adyacentes a la Plaza 5
Agosto (Av. Máximo Gil y Arenales) y las calles 12 de Febrero y Mendoza para la
realización de una competencia Ciclística el día 5 de Noviembre del corriente
año, a partir de las 12:00 hs. hasta las 18:00 hs.
aproximadamente.—————————–

 

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO
.-