EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO Y SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la
siguiente

 

 

 

ORDENANZA N° 1.991/98.-

 

 

ARTICULO: 1°: Aprobar en general el convenio con el
Banco Provincia de Buenos Aires sobre procedimiento para el pago de sueldos y
jornales al personal
municipal.———————————————————————-

 

 

ARTICULO 2°: En particular el Departamento Ejecutivo
deberá incluir un anexo al convenio elevado que refleje la disminución de la
tarifa fijada en el articulo 9°, al nivel indicado en nota de fojas 9 remitida
por la Gerencia de Relaciones con el sector público del Banco mencionado,
considerándose el mismo como máximo posible.———————————-

 

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.————————————————————————————

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS CINCO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO
NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO.-