EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

 

 

ORDENANZA 2287/99

 

ARTICULO 1°: Condónase por
única vez y por vía de excepción la deuda devengada que registra el Club
Atlético Porteño, entidad de bien público, hasta el día 31/12/98 y por los
siguientes conceptos:

 

PARTIDA NUMERO TASA

979.0 Barrido y Limpieza y Servicios
Sanitarios

6.77.100 Red. Vial

2.504.600 Servicios Urbanos y Servicios
Sanitarios

497.400 Servicios Urbanos y Servicios
Sanitarios

308.900 Servicios Urbanos y Servicios
Sanitarios

2.217.300 Servicios Urbanos y Servicios
Sanitarios

710.600 Servicios Urbanos y Servicios
Sanitarios

22.169 Servicios Urbanos y Servicios
Sanitarios

22.170

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.—-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTICINCO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO
MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE .-