EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRUBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

ORDENANZA Nº 2.424/2000.-

 

ARTICULO 1º: Autorízase a los integrantes de la Juventud Radical de
Chacabuco, a la utilización del espacio p3blico de la calle Moreno e/
Para. Junta y Bs. As., el día 12 de Agosto del cte. Año, entre las 12:00 Hs. y
las 19.00 Hs., para festejar El Día del Niño.—

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
inscríbase.———-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DL AÑO DOS MIL.-