EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRUBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

ORDENANZA Nº 2.427/2000.-

 

ARTICULO 1º: Desafectense los recursos de la cuenta
Plan de Reconstrucción Bonaerense Cordón Cuneta de Castilla y Rawson hasta la
suma de $ 5.888,98.———–

 

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
inscríbase.—-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DL AÑO DOS MIL.-