EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRUBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

ORDENANZA Nº 2.428/2000.-

 

ARTICULO 1º: Convalídase convenio celebrado entre
esta Municipalidad y Buenos Aires al Pacífico S.A. (BAP), sobre tenencia
precaria del edificio de la Estación ubicada en la Estación Castilla y que
forma parte integrante de la presente Ordenanza.———

 

 

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e
inscríbase.—-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE
CHACABUCO, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE AGOSTO DL AÑO DOS MIL.-