EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:

ORDENANZA NRO. 2.471/2000.-

 

ARTICULO 1: Declárese de
utilidad pública y pago obligatorio para los ———————-
propietarios o poseedores a título de dueño con frente a la obra, la
ampliación de la red de agua corriente en las siguientes calles:

 

-OLAVARIA e/ 157 y Ucrania.-

-ACCESO HIPILITO YRIGOYEN e/ 159 y 157.-

-ACCESO HIPILITO YRIGOYEN e/ 157 y Ucrania.-

-ACCESO HIPOLITO YRIGOYEN e/ Ucrania y Siria.-

-ACCESO HIPOLITO YRIGOYEN e/ Siria y Rep. Del Líbano.-

-ACCESO HIPOLITO YTIGOYEN e/ Rep. Del Líbano y Holanda.-

-ACCESO HIPOLITO YRIGOYEN e/ Holanda y España.-

-ACCESO HIPILITO YRIGOYEN e/ España y Alemania.-

-ACCESO HIPOLITO YRIGOYEN e/ Alemania y Cacique Cafuncará.-

-ACCESO HIPOLITO IRIGOYEN e/ Cafuncurá y Jose L. Rosito.-

-ACCESO HIPILITO YRIGOYEN e/ Jose I. Rosito y A. Tonelli.-

-BALCARCE e/ Siria y Rep. Del Líbano.-

-VILLEGAS e/ Siria y Rep. Del Líbano.-

-CALLE 157 e/ Olavarria y Hipolito Yrigoyen.-

-UCRANIA e/ Olavarria y Hipolito Yrigoyen.-

-SIRIA e/ Acceso Hipolito Yrigoyen y Balance.-

-SIRIA e/ Balcarce y Villegas.-

-SIRIA e/ Villegas y La Plata.-

-SIRIA e/ La Plata y Junin.-

-REP. DEL LIBANO e/ Acceso Hipolito Yrigoyen y Balcarce.-

-REP. DEL LIBANO e/ Balcarce y Villegas.-

-REP. DEL LIBANO e/ Villegas y La Plata.-

-REP. DEL LIBANO e/ La Plata y Junin.-

-CALLE 841 e/ Pellegrini y L. N. Alem.-

-CALLE 841L.N. Alem y Elguea Roman.-

-CALLE 841 e/Elguea Roman y Cordoba.-

-CALLE 841 e/ Cordoba y Catamarca.-

-CALLE 833 e/ Pellegrini y L. N. Alem.-

-CALLE 833 e/ L.N. Alem y Elgua Roman.-

-CALLE 833 e/ Elguea Roman y Cordoba.-

-CALLE 833 e/ Cordoba y Catamarca.-

-PELLEGRINI e/calle 845 y calle 843.-

-PELLEGRINI e/Calle 841 y Calle 839.-

-PELLEGRINI e/Calle 839 y Calle 837.-

-PELLEGRINI e/ Calle 837 y Calle 835.-

-PELLEGRINI e/ Calle 835 Y Calle 833.-

-ELGUEA ROMAN e/ Calle 841 y Calle 843 (acera par).-

-ELGUEA ROMAN e/ Calle 843 y Calle 841 (acera par).-

-ELGUEA ROMAN e/ Calle 841 y Calle 839 (acera par).-

-ELGUEA ROMAN e/ Calle 839 Y Calle 837 (acera par).-

-ELGUEA ROMAN e/ Calle 845 y Calle 843 (acera impar).-

-ELGUEA ROMAN e/ Calle 843 Y Calle 841 (acera impar).-

 

 

ARTICULO 2°: Establécese en concepto de
contribución de mejoras a abonar por los beneficios de la obra, los siguientes
valores:

 

– Contado ………………………………. $55.-

-2 Cuotas ……………………………….. $28 c/u.-

-3 Cuotas ……………………………….. $19 c/u.-

-4Cuotas ……………………………… $15 c/u.-

– Jubilación – 6 Cuotas ………………. $10 c/u.-

 

 

ARTICULO 3°: Los beneficios de la obra, son los
propietarios o poseedores a ———————- título de dueño de las
parcelas con frente a las calles mencionadas en el articulo 1°.-

 

 

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e ———————- Inscríbase.-

 

 

DADO: EN LA SALA DE SEIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN ASAMBLEA DE CONCEJALES Y MAYORES CONTRIBUYENTES, A
LOS DOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL.-