EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN USO, DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
La siguiente

ORDENANZA 2.546/2000.-

ARTICULO 1°: Autorízase
a Músicos Unidos de Chacabuco al uso del espacio público ubicado frente al
palacio Municipal para desarrollar el VII Festival de Tango y Folklore los días
10 y 11 de Marzo de 2001, a partir de las 15.00 Hs.

 

El espacio cedido es el ubicado en el "Riñón"
ubicado frente al Consejo Escolar y un perímetro de 5 metros de ancho por 20
metros de largo la calle
Reconquista.—————————————————————————————-

 

ARTICULO 2°: Músicos Unidos de Chacabuco,
conservará el sector utilizado en condiciones de orden y limpieza, preservando
espacios verdes, veredas
etc.—————————————————————————————————–

 

 

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

 

 

DADO: EN EL SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL.———————————————————–