2600

HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 2.600/01



ARTICULO 1°: Autorízase, a vecinos de calle
Rivadavia al uso del Espacio Público ubicado en la calle mencionada entre San
Luis y Salta, para el día 24 de diciembre de 2000, entre las 20.00 Hs. y hasta
las 24.00 Hs. —–.——————————————-

ARTICULO 2°: Comuníquese por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo Municipal, con el fin de acatar las
normativas vigentes sobre las actividades a desarrollarse en dicho espacio
público——————————————————-

ARTICULO 3°) Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase——————————————————————————————————————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL UNO————————————————————————