2651

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 2.651/2001

ARTICULO 1°: Créase en cada una de las áreas del
Departamento Ejecutivo y para cada móvil oficial la "Hoja de
Ruta"
.—————————————–

ARTICULO 2°: Las Hojas de Ruta
se separarán para vehículos livianos y pesados y deberán prever una planilla
donde conste el control de usos a través de verificaciones de:

Distancias recorridas

Combustibles Consumidos

Horarios

Destinos y motivos del traslado

Conductor responsable

Jerarquía que ordena el traslado

ARTICULO 3°: Anexa a la modalidad del Artículo 2°
se confeccionará una "Planilla de Reparaciones", donde
quedará asentado fecha de la misma, tipo de reparación, responsable técnico
del arreglo y costo del mismo.—————-

ARTICULO 4°: Exceptúase de la presente ordenanza,
el vehículo en que se traslade el Intendente
Municipal.——————————————————-

ARTICULO 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.———————————————————————————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS
MIL UNO.-

AUTOR: Concejal Diego GARELLO

EXPTE.NRO. 5.914