3095

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

ORDENANZA N° 3.095/02

ARTICULO 1°: Convalídase Listado de Beneficiarios de
cincuenta (50) viviendas en el Partido de Chacabuco, en el marco del Decreto Ley
N° 9104/78 y sujeto a Resolución I. V.B.A. N° 919/92, sus ampliatorias,
supletorias y/o modificatorias, adjunto a fs. 4 y 5 del expediente N°
4029-3747/02.——————————————————————–

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase———–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DIECINUEVE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS
MIL DOS.-