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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

O R D E N A N Z A N° 3.145/03

ARTICULO 1°: Convalídase Contrato General de Obra
Cordón Cuneta en O’Higgins, celebrado entre Cooperativa Eléctrica de Chacabuco
Ltda. y esta Municipalidad oportunamente suscripto entre las partes, para la
ejecución de la obra de construcción Cordón Cuneta – Plan de cinco (5) cuadras y
tres (3) bocacalles, ubicadas en O’Higgins, partido de Chacabuco, cuya nómina es
la siguiente:

CALLES:

Alsina entre 25 de Mayo y Dr. Martini.-

Mitre entre 25 de Mayo y Dr. Martini.-

25 de Mayo entre Alsina y Mitre.-

25 de Mayo entre Mitre y Junín.-

Lavalle entre Sarmiento y Dr. Maggi.-

BOCACALLES:

Alsina y 25 de Mayo.-

Mitre y 25 de Mayo.-

Junín y 25 de Mayo.-

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.———-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL
TRES.-

EXPTE. NRO. 7.696/03