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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A N° 3.274/03

 

ARTICULO 1°: Debido a la declaración de interés
social del Instituto Superior de Estudios Humanos y Sociales, cuya apertura
fuera declarada de interés municipal según Ordenanza 3.042/03, se concede
excepción al cumplimiento de la normativa vigente con respecto a la Ordenanza de
planeamiento .-

ARTICULO 2°: Se otorga eximisión al pago de la Tasa
correspondiente a Derecho de construcción según la normativa de la Ordenanza
Impositiva N° 1.950/97

ARTICULO 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL
TRES.-.

 

EXPTE.N° 7.950/03-