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EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA
: la siguiente

 

 

O R D E N A N Z A N° 3.329/03

 

 

ARTICULO 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo
Municipal, en los términos del Artículo 140° y concordantes del Reglamento de
Contabilidad, el registro de la deuda reclamada por los agentes municipales
sobre reconocimiento de deuda por horas extras no liquidadas que desempeñan
tareas en el Hospital Municipal del Carmen cuyo detalle forma parte de los
expedientes nros. 4029-3980/03; 2914/02;
3982/02.——————————————————-

ARTICULO 1°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.——————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
TRES.-

 

EXPTE. NRO. 8.081/03