EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA. LA SIGUIENTE

 

 

O R D E N A N Z A NRO. 3468/04

 

 

ARTICULO 1°: Declárase de Interés Comunitario y
Social la construcción de las instalaciones de la Sociedad de Fomento "
Barrio Mataderos", donde funcionará la Sede de la Institución y
Periférica de Atención Primaria de la Salud.——————–

 

ARTICULO 2°: En virtud de la declaración de
Interés Comunitario y Social, solicitar a la Secretaria de Obras y Servicios
Públicos del Departamento Ejecutivo, que tenga a bien confeccionar los planos
correspondientes de construcción de las instalaciones de la Sociedad de Fomento
Mataderos.————————————–

 

ARTICULO 3°: Condónase las deudas que en concepto
de tasas municipales gravan al inmueble designado catastralmente como:
Circunscripción, Sección C, Manzana 160 – B, Parcela Seis (6), Partida
Inmobiliaria 26.312-00, con la finalidad de posibilitar la regularización
dominial del inmueble precedentemente individualizado, propiedad por Boleto de
Compra de la Sociedad de Fomento Barrio Mataderos, Entidad de Bien Público n°
177.——————————————-

 

ARTICULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e inscríbase.- –

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO.-

 

EXPTE NRO. 8387/04

 

Autor: Dr. Mauricio G. Barrientos