EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA. La siguiente

 

O R D E N A N Z A NRO. 3479/04

 

ARTICULO 1°: Extiéndase mano única a la calle
Ituzaingó, desde Bernardo de Irigóyen hasta S
Soler.—————————————————————————-

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.——————————————————————————————-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TRECE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL
CUATRO.-

 

EXPTE NRO. 8346/04