EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y
ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 5002/09.-

ARTICULO 1º: Autorízase al "JARDÍN DE INFANTES Nº
903,
al uso del espacio ———————- público el corte de la Calle
Reconquista entre Larrea y Dr. Fernández, el día 25 de Noviembre del corriente
año a partir de las 15:00 hs. a 22:00 hs. Con motivo de realizar Fiesta
Recreativa- Evaluativa.-

ARTICULO 2º: Los Solicitantes será, responsables por
Accidentes u otros ———————— inconvenientes que pueda surgir
durante lo peticionado.-

ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes al Departamento Ejecutivo ——————— Municipal a los
efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la
utilización de Espacio Público.-

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e Inscríbase.-

———————-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOS DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL
NUEVE.-

EXPTE. Nº 11.013/09.-