EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

 

O R D E N A N Z A Nº 5201/10.

ARTICULO 1º: Autorizase a la "Comisión
de Ciclismo"
el Uso del Espacio Público, el corte de las Calles; Buenos
Aires, Avenida Alsina, Avenida Colon (Sección Quintas), desde Parque Recreativo
Municipal hasta Camino Chacabuco – Bragado. El día Domingo 29 del corriente a
partir de las 10:00 horas. Para la realización de una Jornada Ciclística
de Rural Bike.

ARTICULO 2º: Los solicitantes serán
responsables por Accidentes u otros inconvenientes que ———————
puedan surgir durante lo peticionado.

ARTICULO 3º: Comuníquese, por parte de los
solicitantes, al Departamento Ejecutivo Municipal a efectos de acatar el
cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de espacios
públicos.

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

——————–

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE
CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS
MIL DIEZ.

EXPTE. Nº 11.408/10.