EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN
USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA:
la siguiente

O R D E N A N ZA Nº 5920/12

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Social la
Escrituración del Inmueble del Plan Familia

———————— propietaria Nomenclatura
Catastral: Circunscripción I, Sección G, Quinta 490, Manzana 490-h,
Parcela 4 a favor de la Sra. Taborda Graciela Zulema D:N:I: 26.170.014

Y Circ.I Secc.G, Quinta 508,Mz 508 d, Pc.16 a favor de
la Sra. Acosta Lorena Alejandra D:N:I: 27.623.100 y , Circ.I, SeccG, Qta
508, Mz 508e Pc8, a favor de la Sra. Gonzalez Estela Rosana D:N:I:
20.553.201 de la ciudad de Chacabuco, Partido de Chacabuco (B); para que
intervenga la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires
según Ley 10.830 arts. 2º y 4º Inc. C y D. Referente a Expte. Administrativo
Municipal Nº 4029-5870/12.-

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento
Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

——————

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS DOCE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL DOCE.

EXPTE. Nº 12.739/12.