EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES,
ACUERDA Y SANCIONA: La siguiente

ORDENANZA NRO. 952/91.-

 

 

ARTICULO 1°: Apruébase el
Convenio Celebrado con la Sociedad de Fomento de O’Higgins, relacionada con la
prestación del servicio de ambulancia en esa Localidad y que forma parte
integrante de la presente
Ordenanza.————————————————————————————–

 

ARTICULO 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo
Municipal e
inscríbase.—————————————————————————————

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO
DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO.-