EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  6.670/15

 

ARTICULO 1º: Autorizase al “Banco de la Provincia de Buenos Aires”, Sucursal Chacabuco (B), al uso del espacio público, comprendido por el frente que dicha sucursal tiene sobre la calle Rivadavia de la ciudad de Chacabuco (B), los días: de lunes a viernes en el horario de 9:00 a 18:00 horas para el Estacionamiento Libre y Exclusivo de Camiones Transportadores de Caudales a fin de cumplimentar con lo establecido por los art. 5 y 12 del Decreto 2625/73.-

 

ARTICULO 2º: Las obras de señalización y demarcación de cordón a realizarse, deberán ser coordinadas con la Subsecretaria de Tránsito Municipal y/o con aquella que la misma designe a tal efecto.-

 

ARTICULO 3º: Ante cualquier inconveniente o accidente que pueda surgir durante lo solicitado será responsabilidad del peticionante.

 

ARTICULO 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL QUINCE.

 

Expediente 14.562/15.-