EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 O R D E N A N ZA  Nº  6.948/16

ARTICULO 1º:Autorizase, al Sr. Roberto Antonio García, en el rubro Parrilla y Restaurant, la excepción a la Ordenanza de Zonificación según Usos Nº 2322/00. Expediente Administrativo Municipal Nº 4029- 2222/09.-

ARTICULO 2º: Permítase el funcionamiento, previa Habilitación Municipal en el inmueble cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circunscripción 1, Sección C, Manzana 107, Partida: 3227,   ubicado sobre Ruta Nacional Nº 7 y Acceso Hipólito Yrigoyen de la ciudad de Chacabuco (B). El mismo se encuentra situado en el área urbana, zona industrial 1 y 2 de la Ordenanza mencionada en el artículo anterior.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.-

Expediente 15.116/16.-