EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N Z A  Nº  7.071/17.

 

ARTICULO 1º: Autorizase, a “Cer 2 Sociedad Anónima”, con domicilio en Carlos Pellegrini y calle Nº 833 de la ciudad de Chacabuco, en el rubro “Frigorífico – Matadero de Cerdos”,la excepción a la Ordenanza de Zonificación según Usos Nº 2322/00. Expediente Administrativo Municipal Nº 4029- 3323/09.-

 

ARTICULO 2º: Permítase el funcionamiento, previa Habilitación Municipal en el inmueble cuya Nomenclatura Catastral es la siguiente: Circunscripción: I, Sección: E, Quinta: 348, Parcela: 6, Partida 3.090, de la ciudad de Chacabuco, sito en calle Carlos Pellegrini y Calle 833 de dicha ciudad. El mismo se encuentra situado en el área urbana, zona industrial 1 de la Ordenanza mencionada en el artículo anterior.-

 

ARTICULO 3º:La presente excepcióncesará de pleno derecho, el día 10 de diciembre de 2.019, fecha en la cual vence el contrato de locación, entre los locadores y la firma autorizada.-

 

ARTICULO 4º: Notifíquese la presente al Ministerio de Agroindustria de la Provincia de Buenos Aires.-

 

ARTICULO 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

Expediente Nº 15.492/17.-