VISTO:

La falta de numeración en las calles de la localidad de Rawson, y;

 

CONSIDERANDO:

Que es necesaria para la localización e identificación de domicilios;

Que sería una herramienta de importancia para el ordenamiento del tránsito de la localidad;

Que facilita el labor de de los operadores de servicios públicos;

Que organiza en forma racional el establecimiento de la supervisión y asistencia a programas urbanos;

Que es necesaria para la entrega de correspondencia;

Y que es parte fundamental de la información personal de cada vecino;

Por ello,

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA  Nº  7.081/17

 

ARTÍCULO 1º: Enumérense las calles de la localidad de Rawson ubicadas al sur de la vía del ferrocarril de la siguiente manera:

• Aquellas paralelas a las vía con numeración ascendente en sentido oeste a este siendo el punto de referencia de inicio de la numeración la intersección de las Calle 7 y Dr. Jorge Llinch; utilizando números pares al Sur e impares al Norte.-

• Aquellas perpendiculares a la vía con numeración ascendente en sentido norte a sur siendo el punto de referencia de inicio de la numeración las intersecciones de estas con la vía; utilizando números pares al Oeste e impares al Este.-

ARTÍCULO 2º:  Enumérense las calles de la localidad de Rawson ubicadas al norte de la vía del ferrocarril:

• Aquellas con sentido Noroeste-Sureste con numeración ascendente en sentido Noroeste a Sureste, siendo el punto de inicio de referencia de la numeración las intersecciones de estas con el Camino Real; utilizando números pares al Suroeste e impares al Noreste.-.

• Aquellas con sentido Suroeste a Noreste con numeración ascendente en sentido Suroeste a Noreste, siendo el punto de inicio de referencia de la numeración la intersección de las calles Las Heras y La Plata, utilizando números pares al Sureste e impares al Noreste.-

 

ARTÍCULO 3º: Enumérense la Avenida Rawson, y aquellas otras diagonales en su cercanía, en sentido ascendente desde su intersección con la Avenida Vieytes; utilizando números pares al Este e impares al Oeste.-

ARTÍCULO 4º: Enumérense aquellos pasajes que corren de Noroeste-Sureste en sentido ascendente desde el Noreste al Sureste; utilizando números pares al Suroeste e impares al Noreste.-

ARTÍCULO 5º: Enumérese la Avenida Colón con numeración ascendente en sentido  Noreste a Suroeste siendo el inicio de la numeración su intersección con la calle Dr. Jorge Llinch; utilizando números pares al Sur e impares al Norte.-

ARTÍCULO 6º: Colóquese cartelería que indique el inicio de aquellas calles en las cuales la numeración comienza en un número distinto a 0 (cero).-

ARTÍCULO 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-   

 

Expediente 15.262/16.-