EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

O R D E N A N Z A Nº 7467/18.-

ARTICULO 1º: Convalídese la Addenda modificatoria de la clausula segunda del convenio de fecha 22 de diciembre de 2014, suscripto entre la Municipalidad de Chacabuco y la Facultad Regional de San Nicolás, quedando redactada de la siguiente manera: “LA MUNICIPALIDAD abonará a LA FACULTAD a partir del 1 de enero de 2018 , la suma de PESOS DOSCIENTOS CUARENTA MIL ($ 240.000,00) mensuales”, acordandose en su clausula tercera, la prorroga de vigencia del convenio marco referido, hasta el 31 de diciembre de 2018.-

ARTICULO 2º: Autorízase la afectación de fondos en futuros ejercicios.-

ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.-

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, A LOS TREINTA DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.-

Expediente Nº 16.163/18.-