VISTO: El nuevo mural realizado en la Escuela Nº 44 de Los Ángeles, y;

 

CONSIDERANDO:

-Que, en 1945 se delimitan nuevamente los partidos de Chacabuco y Salto, quedando la Institución dentro del Partido de Chacabuco.

-Que, ese mismo año se inaugura el nuevo edificio que ocupa hasta la actualidad el establecimiento.

-Que, todavía se encuentra la fachada exterior del antiguo edificio.

-Que, sobre una de sus paredes se pintó un mural con los alumnos del JIRIMM, ex alumnos y padres.

-Que, dicho mural distingue a la institución, brindándole a toda la comunidad un símbolo de pertenencia.

-Que, la Escuela fue y es la atracción cultural del Paraje y una institución que se mantuvo activa durante muchos años.

 

Por ello

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

 

O R D E N A N ZA Nº 7769/18

ARTICULO 1º: Declárese, Patrimonio Histórico Municipal, a la fachada del antiguo edificio Escuela Nº 44, de la localidad de Los Ángeles, en el marco de la Ordenanza 2.433/2.000.

 

ARTICULO 2º: Felicítese a toda la comunidad educativa, por la realización del mural realizado por alumnos del JIRIMM, padres y ex alumnos de la institución.

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

 

DADO:EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO (B), A LOS SIETE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECIOCHO.

 

EXPTE. Nº 16.808/18.