EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA N° 8.624/21

 Derogada por Ordenanza Nº 9828/23

ARTÍCULO 1º: Autorizase al Sr. Juan Carlos Toledo M: 4.976.325, el Uso del Espacio exclusivo para estacionamiento vehicular, de seis (6) metros  de largo y colocación de discos de prohibición de estacionamiento y pintado de cordón amarillo, en calle Salta Nº 253, a continuación de la proyección de la línea de ochava en su encuentro con el cordón de la calle Salta, de la ciudad de Chacabuco (B), fundado en su discapacidad visual.

ARTICULO 2º: El Uso del Espacio exclusivo para estacionamiento vehicular, tendrá una validez de dos (2) años a partir de la promulgación de la presente ordenanza, con opción a renovación y caducidad si cesare el causal de la presente solicitud.

ARTICULO 3º: Remítase copia de la presente Ordenanza a la Secretaría de Seguridad Ciudadana.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESION N° 920, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.-

 

Expediente Nº 18.232/20